viernes, 30 de agosto de 2013

Una boda en el extranjero

Bueno, pues eso. A. y yo estamos preparando todo lo necesario para contraer matrimonio civil en Belfast. ¿Por qué allí? Pues.. ¿Y por qué no? Para empezar, nos permite hacerlo en la más estricta intimidad: no es poco.

Aún estamos en pleno papeleo y mucho me temo que ... "y lo que te rondaré, morena". No sé si podré soportar mucho tiempo más la cara del funcionario de turno que con una sonrisa de satisfacción dice:

Funcionario: "no, este certificado de empadronamiento no es válido". 
Yo: "¡pero si me lo dieron ayer en el ayuntamiento!"
Funcionario: "ya... pero no es válido"
Yo (llorosa de rabia): "¿por quéeeee?"

Unos apuntes, por si estáis en la misma situación. Lo aprendido a partir de mi experiencia personal:

1. Ni te plantees una fecha: el papeleo es interminable. Y luego... luego te tienen que dar cita en el Registro. A tope.

2. Aunque los papeles son aparentemente fáciles de reunir,... hay gato encerrado. A saber:

   a) si te casas en el extranjero, además de traducidos por traductor jurado, los papeles deben estar legalizados. Y pensarás, "joder, en el ayuntamiento me van a dar algo ilegal?" Maybe...  Si los países (el de origen y el del matrimonio son firmantes del Acuerdo de la Haya -es mi caso-), los documentos deben tener esta apostilla. 

Importante: cuando solicites un documento en el ayuntamiento, en el registro... indica que vas a tener que apostillarlos. En el caso del certificado de empadronamiento, la firma del alcalde y del secretario de tu localidad, debe ser de puño y letra, nada de sellos. De esto me enteré ayer. Por eso no servía mi certificado.

b) En Barcelona no me han apostillado mi partida de nacimiento. Soy de Bilbao, no de Taipei. No importa: cada documento se apostilla en "su ciudad". Ale pues, a Bilbao con la partida de nacimiento para que la apostillen.

c) En Barcelona tardan 5 días en darte la apostilla así que te tocará hacer dos viajes. (Passeig de  Lluís Companys 14-16).

Una vez celebrado el matrimonio civil, este será británico, así que para que tenga validez aquí, habrá que registrarlo. Toca contactar con el consulado o con la embajada. En mi caso, me han dicho (consulado de España en Edimburgo) que no lo hacen salvo que yo esté viviendo en Belfast (que no es así). Conozco casos en los que otras embajadas sí han tramitado. 

Si te toca registrarlo con el Registro Civil Central en Madrid, prepárate: el otro día, la persona que me atendió el teléfono (muy amable, eso sí), me dijo que la gestión tardaba un mínimo de un año. "¿Qué?" le dije con esperanza de no haber entendido bien, de que se hubiera equivocado y en realidad hubiese querido decir... no sé... ¿un mes?. "Un mínimo de un año", me repitió. "Ah...".

No sé si me dejo algo... seguro que sí, qué sensación de estar haciendo un máster! Así que si puedo ayudar en algo, decidme! Hoy escribo como terapia, aconsejada por mi compi Laura, que se ríe un montón con las historias de "nuestra historia".

¿Llegará el día en que ponga una foto de nuestro Libro de Familia? Cross your fingers!



No hay comentarios:

Publicar un comentario